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¿QUÉ SON LAS UNIONES DE CRÉDITO?
Las Uniones de Crédito
son sociedades anónimas de capital variable que tienen
autorización de la Comisión Nacional Bancaria
y de Valores CNBV- para operar como organizaciones
auxiliares del crédito, esto es, se trata de sociedades
que están obligadas al cumplimiento de las disposiciones
de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares
del Crédito y a las contenidas en circulares de la
propia CNBV.
La supervisión y vigilancia de las Uniones de Crédito
está a cargo de la CNBV.
Como sociedades anónimas también deben cumplir
con la Ley General de Sociedades Mercantiles, las Uniones
son empresas privadas que no cuentan con participación
o subsidio del Gobierno Federal o de las entidades de la
administración pública, su capital se integra
con las aportaciones que hacen sus accionistas.
La Ley particular que rige a estas empresas señala
que sólo pueden efectuar operaciones con sus accionistas,
quienes deben ser personas físicas con actividad
empresarial o personas morales; también la Ley establece
que ningún socio puede ser propietario de más
del 10% del capital pagado de una Unión de Crédito.
LOS SERVICIOS
Existen diversas operaciones
que una Unión puede celebrar con sus accionistas,
siendo las más comunes otorgarles créditos,
recibir préstamos de sus socios, de bancos, de
la banca de desarrollo y de instituciones financieras
del extranjero, proveer a las empresas socias de insumos,
materias primas, componentes o bienes y servicios que
éstas necesitan para su operación productiva,
y proporcionarles servicios de asistencia técnica.
Más específicamente las operaciones consisten
en:
-
Otorgamiento
de crédito: Una empresa persona
física o moral- puede acudir a una Unión
para gestionar la obtención de financiamiento,
acompañando a la solicitud la documentación
legal de la sociedad, estados financieros históricos
y en su caso proyectados durante el plazo que solicite
para el crédito, copia de las 3 últimas
declaraciones anuales de impuestos y la mensual más
reciente, si el financiamiento se requiere para compra
de maquinaria y equipo, deben anexarse las cotizaciones
del proveedor. También deben presentarse los
documentos relacionados con la garantía que respaldará
el financiamiento.
Las uniones tienen establecidas políticas para
el otorgamiento de crédito, las que debe cumplir
la empresa solicitante para hacerse acreedora al financiamiento.
Estas organizaciones auxiliares no están autorizadas
para otorgar créditos destinados al consumo.
Los requisitos y políticas para el otorgamiento
de crédito pueden variar dependiendo de la Unión
a quien se solicite el financiamiento y es conveniente
tomar en cuenta que la decisión del comité
de crédito para la autorización no se
fundamenta en que la solicitante sea accionista de la
Unión, sino en la viabilidad de la empresa, en
las referencias del buró de crédito y
en las garantías propuestas.
-
Préstamos
de socios: Las Uniones
de Crédito también están facultadas
para recibir préstamos de sus accionistas. Cuando
una persona o una empresa cuentan con excedentes temporales
de liquidez los puede invertir en una Unión de
Crédito, obteniendo a cambio tasas de interés
muy competitivas con respecto a las que ofrecen otras
opciones de inversión.
Los préstamos de socios se destinan para otorgar
créditos a corto plazo a los accionistas de la
Unión o bien para invertirlos en valores gubernamentales
y otros instrumentos autorizados de inversión;
los recursos disponibles de las uniones para otorgar
créditos también provienen de líneas
de crédito obtenidas con la banca de fomento,
del capital aportado por los accionistas, de las utilidades
acumuladas, y en algunos casos de préstamos de
la banca comercial.
Al operar sin subsidios o participaciones del Gobierno
Federal o la administración pública, las
Uniones deben recuperar los créditos que otorgan;
cuando una acreditada no cubre el financiamiento, las
uniones pueden acudir a la vía judicial para
la recuperación, la que en caso de no lograrse
afecta el patrimonio de la unión, perjudicando
a los otros accionistas de la sociedad.
-
Compras
en común: Existen
Uniones de Crédito que se especializan en determinados
sectores de actividad económica, ya sea el agrícola,
el agropecuario, la industria, el comercio y los servicios;
también se especializan por estados o regiones
geográficas.
Cuando una unión se especializa en actividades
económicas como la industria litográfica,
el transporte de pasajeros, agencias distribuidoras
de automóviles, gasolinerías, fabricación
de calzado o la construcción, es posible agrupar
los requerimientos de compra de cada empresa socia para
fortalecer la capacidad de negociación de la
Unión ante los proveedores de esos requerimientos.
Por lo general cuando una empresa accionista de una
Unión de Crédito participa en la compra
en común de los bienes y servicios necesarios
en su operación productiva o transformación,
logra obtener mejores condiciones de precio, calidad
y seguridad en el abasto.
El margen comercial que la Unión obtiene por
estas operaciones se acumula a las utilidades en beneficio
de sus accionistas.
Otra opción de servicios comerciales se encuentra
en la comercialización, ya que la Unión
puede colaborar con una empresa accionista para promover
la venta de los bienes y servicios que la empresa produce
o proporciona.
-
Servicios
de Asistencia Técnica:
Las Uniones de Crédito especializadas en determinadas
actividades económicas generalmente establecen
convenios con proveedores de servicios enfocados a
la actividad en que operan los accionistas de ellas;
esto permite que las empresas reciban asistencia técnica
en mejores condiciones sobre la opción de recibirla
individualmente.
LOS BENEFICIOS
Cuando una empresa es
accionista de una Unión de Crédito habitualmente
le es más fácil lograr la comprensión
de los directivos y consejeros de esa Unión sobre
las conveniencias de que ésta apoye con financiamiento
a la empresa, lo que se debe a que las Uniones están
formadas por personas que también tienen empresas
y a quienes es más sencillo comprender las necesidades
de los solicitantes.
Existen Uniones de Crédito que pagan a sus accionistas
importantes dividendos que les genera la operación
financiera y comercial, por lo que además de recibir
un trato diferente en el servicio, hay la posibilidad
de obtener utilidades sobre las acciones propiedad de
los socios.
Antes de tomar la decisión de convertirse en accionista
de una Unión de Crédito, Usted tiene el
derecho de solicitar se le informe cual es la posición
financiera de la Unión, los servicios que proporciona,
las características y requisitos de éstos,
el capital, el precio de las acciones y las utilidades
acumuladas o generadas en el año.
Como ya se indicó, las Uniones de Crédito
son empresas privadas, y también están sujetas
a las disposiciones de la Ley de Protección y Defensa
al Usuario de Servicios Financieros, cuyo cumplimiento
está a cargo de la CONDUSEF.
Si usted aún no es accionista de una Unión
de Crédito y tiene interés en conocer con
más detalle los servicios que puede recibir, consulte
con nosotros el nombre de la Unión que le puede
atender dependiendo de la localización de su empresa
o de la actividad que realice.
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