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  ¿QUÉ SON LAS UNIONES DE CRÉDITO?

Las Uniones de Crédito son sociedades anónimas de capital variable que tienen autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores –CNBV- para operar como organizaciones auxiliares del crédito, esto es, se trata de sociedades que están obligadas al cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y a las contenidas en circulares de la propia CNBV.

La supervisión y vigilancia de las Uniones de Crédito está a cargo de la CNBV.

Como sociedades anónimas también deben cumplir con la Ley General de Sociedades Mercantiles, las Uniones son empresas privadas que no cuentan con participación o subsidio del Gobierno Federal o de las entidades de la administración pública, su capital se integra con las aportaciones que hacen sus accionistas.

La Ley particular que rige a estas empresas señala que sólo pueden efectuar operaciones con sus accionistas, quienes deben ser personas físicas con actividad empresarial o personas morales; también la Ley establece que ningún socio puede ser propietario de más del 10% del capital pagado de una Unión de Crédito.




 LOS SERVICIOS

Existen diversas operaciones que una Unión puede celebrar con sus accionistas, siendo las más comunes otorgarles créditos, recibir préstamos de sus socios, de bancos, de la banca de desarrollo y de instituciones financieras del extranjero, proveer a las empresas socias de insumos, materias primas, componentes o bienes y servicios que éstas necesitan para su operación productiva, y proporcionarles servicios de asistencia técnica.

Más específicamente las operaciones consisten en:

  • Otorgamiento de crédito: Una empresa –persona física o moral- puede acudir a una Unión para gestionar la obtención de financiamiento, acompañando a la solicitud la documentación legal de la sociedad, estados financieros históricos y en su caso proyectados durante el plazo que solicite para el crédito, copia de las 3 últimas declaraciones anuales de impuestos y la mensual más reciente, si el financiamiento se requiere para compra de maquinaria y equipo, deben anexarse las cotizaciones del proveedor. También deben presentarse los documentos relacionados con la garantía que respaldará el financiamiento.

    Las uniones tienen establecidas políticas para el otorgamiento de crédito, las que debe cumplir la empresa solicitante para hacerse acreedora al financiamiento. Estas organizaciones auxiliares no están autorizadas para otorgar créditos destinados al consumo.

    Los requisitos y políticas para el otorgamiento de crédito pueden variar dependiendo de la Unión a quien se solicite el financiamiento y es conveniente tomar en cuenta que la decisión del comité de crédito para la autorización no se fundamenta en que la solicitante sea accionista de la Unión, sino en la viabilidad de la empresa, en las referencias del buró de crédito y en las garantías propuestas.

  • Préstamos de socios: Las Uniones de Crédito también están facultadas para recibir préstamos de sus accionistas. Cuando una persona o una empresa cuentan con excedentes temporales de liquidez los puede invertir en una Unión de Crédito, obteniendo a cambio tasas de interés muy competitivas con respecto a las que ofrecen otras opciones de inversión.

    Los préstamos de socios se destinan para otorgar créditos a corto plazo a los accionistas de la Unión o bien para invertirlos en valores gubernamentales y otros instrumentos autorizados de inversión; los recursos disponibles de las uniones para otorgar créditos también provienen de líneas de crédito obtenidas con la banca de fomento, del capital aportado por los accionistas, de las utilidades acumuladas, y en algunos casos de préstamos de la banca comercial.

    Al operar sin subsidios o participaciones del Gobierno Federal o la administración pública, las Uniones deben recuperar los créditos que otorgan; cuando una acreditada no cubre el financiamiento, las uniones pueden acudir a la vía judicial para la recuperación, la que en caso de no lograrse afecta el patrimonio de la unión, perjudicando a los otros accionistas de la sociedad.

  • Compras en común: Existen Uniones de Crédito que se especializan en determinados sectores de actividad económica, ya sea el agrícola, el agropecuario, la industria, el comercio y los servicios; también se especializan por estados o regiones geográficas.

    Cuando una unión se especializa en actividades económicas como la industria litográfica, el transporte de pasajeros, agencias distribuidoras de automóviles, gasolinerías, fabricación de calzado o la construcción, es posible agrupar los requerimientos de compra de cada empresa socia para fortalecer la capacidad de negociación de la Unión ante los proveedores de esos requerimientos.

    Por lo general cuando una empresa accionista de una Unión de Crédito participa en la compra en común de los bienes y servicios necesarios en su operación productiva o transformación, logra obtener mejores condiciones de precio, calidad y seguridad en el abasto.

    El margen comercial que la Unión obtiene por estas operaciones se acumula a las utilidades en beneficio de sus accionistas.

    Otra opción de servicios comerciales se encuentra en la comercialización, ya que la Unión puede colaborar con una empresa accionista para promover la venta de los bienes y servicios que la empresa produce o proporciona.

  • Servicios de Asistencia Técnica: Las Uniones de Crédito especializadas en determinadas actividades económicas generalmente establecen convenios con proveedores de servicios enfocados a la actividad en que operan los accionistas de ellas; esto permite que las empresas reciban asistencia técnica en mejores condiciones sobre la opción de recibirla individualmente.



  LOS BENEFICIOS

Cuando una empresa es accionista de una Unión de Crédito habitualmente le es más fácil lograr la comprensión de los directivos y consejeros de esa Unión sobre las conveniencias de que ésta apoye con financiamiento a la empresa, lo que se debe a que las Uniones están formadas por personas que también tienen empresas y a quienes es más sencillo comprender las necesidades de los solicitantes.

Existen Uniones de Crédito que pagan a sus accionistas importantes dividendos que les genera la operación financiera y comercial, por lo que además de recibir un trato diferente en el servicio, hay la posibilidad de obtener utilidades sobre las acciones propiedad de los socios.

Antes de tomar la decisión de convertirse en accionista de una Unión de Crédito, Usted tiene el derecho de solicitar se le informe cual es la posición financiera de la Unión, los servicios que proporciona, las características y requisitos de éstos, el capital, el precio de las acciones y las utilidades acumuladas o generadas en el año.

Como ya se indicó, las Uniones de Crédito son empresas privadas, y también están sujetas a las disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, cuyo cumplimiento está a cargo de la CONDUSEF.

Si usted aún no es accionista de una Unión de Crédito y tiene interés en conocer con más detalle los servicios que puede recibir, consulte con nosotros el nombre de la Unión que le puede atender dependiendo de la localización de su empresa o de la actividad que realice.

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